En
la mañana del sábado tuvo lugar en Granada el Encuentro
Provincial para la elaboración de la denominada Ley Andaluza
de Participación Ciudadana, en adelante, L.A.P.C. El
acto contó con la presencia, -en su apertura-, del
Vicepresidente de la Junta de Andalucía, Sr. Valderas,
responsable de la Consejería que está gestionando esta
iniciativa institucional.
Si
en el primer contacto que tuvimos con esta iniciativa surgieron
serias dudas sobre la misma, tras este encuentro provincial
parece vislumbrase una magnífica oportunidad para que la
ciudadanía andaluza establezca unas nuevas “reglas del
juego” en el hacer político de nuestra comunidad.
Sorprendió
gratamente constatar que en la gran mayoría de asistentes
existe un auténtico interés por introducir profundas
modificaciones en la manera de gestionar la res-publicae
andaluza,
por lo que, - aún careciendo de datos para
valorar si tal disposición es extrapolable a toda la
ciudadanía-, hemos de considerar que la iniciativa podría
prosperar.
En
las conclusiones finales de los distintos grupos que a lo largo de la
mañana estuvieron trabajando sobre tres cuestiones que fueron
planteadas como objeto de estudio, se hicieron aportaciones
ciertamente interesantes. Sin pretender reproducir aquí
la totalidad de aquellas conclusiones, vamos a hacer un resumen de
las que fueron consensuadas por varios de los grupos y las que
entendemos que pueden tener una especial relevancia. Seguiremos el
orden de las cuestiones que anteriormente citamos.
Primera.-
¿Para
qué una L. A. P. C.?
- Establecer un cauce para una participación efectiva de la ciudadanía andaluza en la política institucional y la gestión pública, tanto a nivel personal como a través de los diversos tipos de organizaciones o asociaciones ciudadanas.
- Control de la ciudadanía sobre las instituciones políticas y la gestión pública.
- Redistribución, en la más amplia acepción del término, de los diversos recursos de nuestra tierra.
- Erradicación de políticas arbitrarias y de carácter paternalista.
- Revocación por iniciativa de la ciudadanía de cargos institucionales y, en su caso, de representantes electos, cuando los mismos no respondan a las expectativas generadas por sus programas electorales y a la confianza que les fue otorgada para la gestión de lo público.
- Canalización de iniciativas y propuestas de los ciudadanos y ciudadanas andaluces.
- Recuperación de espacios públicos que en las últimas décadas han sido sustraídos a la mayoría de la ciudadanía.
Segunda.-
¿Para quienes la L. A. P. C.?
En
una de las exposiciones de los grupos, se hizo una clara
diferenciación entre el sujeto activo y el sujeto pasivo de la
Ley.
- El sujeto activo, el acreedor de la obligación, serían todas las personas residentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía, independientemente de sus circunstancias personales o jurídicas, así como todas las personas interesadas nacidas en la comunidad, con residencia fuera de ella.
- El sujeto pasivo, el deudor de la obligación, serían todas las instituciones de carácter político, administrativo o de cualquier otra índole, que tengan por cometido la ordenación y gestión de lo público.
Tercera.-
¿Cómo elaborar la L. A. P. C.?
Si
bien este último apartado se podría interpretar, según
la propuesta realizada a los grupos, circunscrito a la
elaboración de la ley, algunos grupos de trabajo fueron más
allá, proponiendo vías para ejercer el control que se
mencionó párrafos arriba.
- Difusión a través de los medios de comunicación públicos de programas para la formación de la ciudadanía en los diferentes campos que conforman la gestión de lo público. Así mismo, estos medios habrían de difundir propuestas de los ciudadanos orientadas a mejorar aquella gestión. De igual manera se difundirían todas las medidas que se pretendiesen adoptar por el Legislativo o Ejecutivo andaluz, con objeto de que la ciudadanía los conociese y, en su caso, se pronunciase sobre ellos, antes de su aprobación.
- Establecer mecanismos que permitiesen a la ciudadanía proponer medidas, tanto de orden legislativo como referidas a la administración de lo público, que fuesen tramitadas, debatidas y resueltas, por los correspondientes representantes elegidos para las distintas administraciones, incluido el Parlamento de Andalucía.
Sería
ésta una prerrogativa parecida a la Iniciativa Legislativa
Popular, de manera que el número de firmas necesarios
para respaldar las distintas iniciativas, estaría en función
al número de ciudadanos y ciudadanas afectados por aquella. A
título orientativo, este número se podría
establecer en base a los censos electorales.
En
la tramitación, debates y resolución de tales
iniciativas, habría de estar presente una comisión
delegada por los firmantes, con voz y voto, cuyo número fuese,
al menos, igual al de los representantes designados por las distintas
administraciones para conocer y resolver la iniciativa presentada.
Ello sería igualmente aplicable a las iniciativas sobre las
que tuviese que decidir el Parlamento.
Para
terminar esta segunda parte dedicada a la L. A. P. C., comentar que
se ha habilitado en Facebook una página titulada Foro
Andalucia. Ley Andaluza de Participación Ciudadana
cuyo
objetivo es aglutinar a todas las personas, organizaciones
ciudadanas, asociaciones, etc.. de todo el territorio andaluz
interesadas en hacer aportaciones para la elaboración de la
ley, así como un seguimiento de las distintas actividades que,
auspiciadas por las instituciones, se vayan realizando en las
distintas provincias. Es también una manera de empezar a
ejercer ese control que se ha comentado en el punto primero.
Ésta
ha de ser una ley inspirada literalmente en las directrices que la
ciudadanía establezca, en respuesta a la iniciativa
institucional. No podemos permitir que todo el coste, tanto de tipo
económico, de medios humanos y materiales, así como
de dedicación personal de miles de ciudadanos y ciudadanas de
Andalucía, sean “tirados por la borda” por los que han
sido elegidos para gestionar en nuestro nombre esta comunidad.
No
es una singladura fácil, por ello es necesario que “el timón
de este velero” sea firmemente asido por el mayor número de
quienes tenemos la más amplia legitimidad para establecer el
rumbo y el puerto de destino, velando para evitar que aquellos
que se creen con la capacidad de “empoderar” a quienes les
dieron los poderes que ostentan, traten de hacer naufragar este
velero, esta iniciativa.
Pedro
L. Alcántara
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